¿Facturas a clientes del extranjero? Este error con el IVA puede costarte caro
Descubre cómo tributan los autónomos que facturan a clientes extranjeros y evita errores comunes con el IVA intracomunitario y servicios fuera de España.
FISCALIDAD INTERNACIONAL
5/1/20263 min read


Cada vez más freelance trabajan con clientes de fuera de España.
Diseñadores, programadores, consultores… el mercado es global.
Pero el IVA no funciona como muchos piensan.
👉 El error más habitual: aplicar IVA español cuando no corresponde… o no aplicarlo cuando sí. Y aquí es donde empiezan los problemas.
En este articulo te enseñamos a aplicar el IVA de forma correcta a tus clientes, tanto si son clientes finales, empresarios o si se encuentran fuera de España.
Regla clave: dónde se entiende prestado el servicio
Principio general (la base de todo)
En servicios entre profesionales (B2B): el IVA se sujeta donde está el cliente
En servicios a particulares (B2C): el IVA se sujeta donde está el autónomo, es decir, España.
Para que lo entiendas, te lo explicamos con los siguientes escenarios:
Escenario 1: facturas a empresa de la Unión Europea
Regla general:
No se aplica IVA español
Debes incluir en tu factura la siguiente coletilla: "Operación intracomunitaria no sujeta al IVA en España por aplicación del artículo 69 de la Ley del IVA. Inversión del sujeto pasivo"
Pero hay condiciones:
Debes estar inscrito en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
Si necesitas estar de alta, en FiscalTip lo hacemos por ti ante la AEAT. Solicitar alta
El cliente debe tener VAT válido.
Puedes consultarlo de manera oficial en Hacienda. Pulsa aquí.
Obligaciones clave:
Incluir tu numero de VAT y el de tu cliente en la factura
Añadir mención de la coletilla
Presentar modelo 349 trimestral
❗ Error habitual:
Facturar con IVA español a empresas europeas. Ello tiene como consecuencia:
Pérdida de competitividad
Estás repercutiendo un impuesto incorrecto
Escenario 2: facturas a empresa fuera de la UE
Regla general:
No se aplica IVA español
Debes incluir en tu factura la siguiente coletilla: "Operación no sujeta al IVA en España por aplicación del artículo 69 de la Ley del IVA. Inversión del sujeto pasivo"
No hace falta que estés de alta en el ROI, ya que tu cliente no es de la UE.
Ejemplo típico:
Cliente en EE.UU.
Servicio digital
👉 No lleva IVA español y debes incluir la coletilla en la factura.
❗ Error habitual:
Pensar que “como está fuera, no hay que declarar nada”.
Todo lo contrario, sí debes hacerlo e incluir la operación en tus modelos fiscales.
Escenario 3: facturas a particular extranjero
Regla general:
Se aplica IVA español con independencia de dónde se encuentre el cliente.
Excepciones importantes:
Si el servicio que prestas tiene la consideración de servicio electrónico, las reglas cambian:
👉 Puede no aplicarse IVA español.
👉 Obligación de usar ventanilla única OSS (One Stop Shop).
Consulta nuestro artículo sobre servicios electrónicos para mas información.
Implicaciones prácticas
No todo ingreso internacional está exento de IVA
La clave no es el país… es el tipo de cliente
Estar o no en ROI cambia completamente la factura
Aplicar mal el IVA afecta a tu precio y margen
Ejemplo práctico
Un diseñador freelance en España trabaja con 3 clientes:
Empresa en Alemania → sin IVA (intracomunitaria)
Empresa en EE.UU. → sin IVA
Particular en Francia → con IVA español
👉 Mismo servicio, distinto tratamiento fiscal.
Errores habituales
No darse de alta en ROI
Aplicar IVA por defecto “por si acaso”
No comprobar VAT del cliente
Tratar igual a empresas y particulares
Olvidar que debes presentar el modelo 349 informativo
En conclusión, facturar al extranjero no es complicado…pero sí es fácil hacerlo mal.
La regla clave es simple: no importa dónde estás tú, sino quién es tu cliente y dónde está establecido.
Si eres freelance y trabajas con clientes internacionales, una mala aplicación del IVA puede hacerte perder dinero o generarte problemas con Hacienda.
👉 En FiscalTip analizamos tu operativa internacional para asegurarnos de que facturas correctamente y optimizas tu fiscalidad.
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