Modelo 720: qué es, quién debe presentarlo y por qué sigue siendo clave en 2026

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Aunque las sanciones fueron anuladas por la UE, la obligación sigue vigente y su incumplimiento puede tener importantes consecuencias fiscales. La presentación de este modelo debe realizarse antes del 31 de marzo de cada año.

FISCALIDAD INTERNACIONAL

2/5/20264 min read

El modelo 720 es probablemente la declaración informativa que más inseguridad genera entre contribuyentes con patrimonio fuera de España.

Cuentas en bancos extranjeros, inversiones internacionales, inmuebles fuera del país o criptoactivos custodiados por terceros son situaciones cada vez más habituales. Sin embargo, la mayoría de errores no vienen de ocultar información, sino de no saber si existe obligación real de declarar.

A pesar de lo que muchos creen, el modelo 720:

  • no ha desaparecido,

  • sigue siendo obligatorio,

  • y sigue siendo una herramienta clave de control patrimonial para Hacienda.

En este artículo te explicamos cómo funciona de verdad, con criterios técnicos actuales y ejemplos prácticos.

Qué es el modelo 720 (y por qué no es una sola obligación)

El modelo 720 es una declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

👉 Punto clave que suele pasarse por alto:
no es una única obligación, sino tres obligaciones independientes, aunque se presenten en un mismo formulario.

OJO, porque la presentación de este modelo es hasta el 31 de marzo.

Los tres bloques del modelo 720

1️⃣ Cuentas bancarias en el extranjero

Incluye:

  • cuentas corrientes y de ahorro

  • depósitos

  • cuentas en plataformas financieras extranjeras

  • cuentas instrumentales asociadas a brokers o exchanges

Se informa del:

  • saldo a 31 de diciembre

  • saldo medio del último trimestre

2️⃣ Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero

Incluye:

  • acciones y participaciones

  • fondos de inversión

  • bonos y otros valores

  • seguros de vida o invalidez extranjeros

  • rentas temporales o vitalicias

La valoración se realiza conforme a criterios del Impuesto sobre el Patrimonio.

3️⃣ Bienes inmuebles en el extranjero

Incluye:

  • viviendas

  • locales

  • terrenos

  • derechos reales (usufructo, nuda propiedad, multipropiedad, etc.)

Se declara el valor de adquisición, no el valor de mercado.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

Están obligados, con carácter general:

  • Personas físicas residentes fiscales en España

  • Personas jurídicas residentes

  • Establecimientos permanentes en España

  • Entidades sin personalidad jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes)

Y no solo los titulares formales. También:

  • titulares reales

  • autorizados

  • beneficiarios

  • personas con poder de disposición

👉 Esto es clave en estructuras familiares, sociedades interpuestas o cuentas compartidas.

El límite de 50.000 €: el error más frecuente

El límite de 50.000 € no se aplica al total del patrimonio, sino a cada bloque por separado.

Ejemplo realista:

  • Cuenta bancaria en Francia: 10.000€

  • Cuenta de ahorro en EE.UU: 20.000€

  • Fondo en Luxemburgo: 55.000€

👉 Resultado:
Existe obligación de declarar el bloque de valores. Respecto al bloque de cuentas no hay obligación ya que no se supera los 50.000 € en conjunto, aunque habría que mirar el saldo medio del ultimo trimestre del año.

Además:

  • Si se supera el límite, se declaran todos los bienes del bloque, no solo el exceso.

  • En años sucesivos, solo se vuelve a declarar si el valor aumenta más de 20.000 €.

¿Sigue siendo obligatorio tras la sentencia del TJUE?

Sí, y este punto es esencial.

El Tribunal de Justicia de la UE anuló el régimen sancionador desproporcionado, pero:

  • no eliminó la obligación informativa

  • no legalizó el incumplimiento

  • no impide regularizaciones fiscales

Actualmente:

  • Se aplica el régimen sancionador general de la LGT

  • Hacienda puede regularizar el origen del patrimonio no declarado

  • Pueden exigirse IRPF, intereses y sanciones ordinarias

    modelo 720

👉 El riesgo ya no es “la multa automática”, sino la regularización patrimonial posterior.

Casos en los que SÍ hay obligación y casi nadie lo sabe

Aquí es donde surgen la mayoría de problemas reales:

  • 🔹 Autorizados en cuentas extranjeras (aunque no sean titulares)

  • 🔹 Titulares reales en sociedades o trusts extranjeros

  • 🔹 Cuentas en exchanges extranjeros con dinero fiat

  • 🔹 Pérdida de titularidad antes del 31 de diciembre (también se declara)

  • 🔹 Bienes gananciales: ambos cónyuges deben declarar

  • 🔹 Cambio de residencia fiscal reciente hacia España

Muchos contribuyentes descubren la obligación cuando ya existe un requerimiento.

Consecuencias reales de no declarar correctamente

Hoy el mayor riesgo no es la sanción directa, sino:

  • Regularización como ganancia patrimonial no justificada

  • Tributación en IRPF

  • Intereses de demora

  • Sanciones tributarias generales

  • Problemas futuros en inspecciones patrimoniales

En muchos casos, la Administración detecta la información años después, vía intercambio internacional de datos.

Criptomonedas: ojo con confundir el modelo 720 y el modelo 721

Uno de los errores más habituales es pensar que todas las criptomonedas se declaran en el modelo 720.

➡️ Puedes consultar aquí nuestra guía completa sobre la declaración de criptomonedas y el modelo 721: Modelo 721: declaración de criptomonedas en el extranjero

El modelo 720 no es un trámite menor ni una obligación “antigua”.

Es una pieza central del control patrimonial internacional y uno de los puntos donde más errores se cometen por:

  • desconocimiento

  • información incompleta

  • asesoramiento genérico

Revisar tu situación antes de que lo haga Hacienda marca la diferencia.

En FiscalTip analizamos tu caso con enfoque preventivo:

  • comprobamos si existe obligación real de declarar

  • analizamos riesgos de ejercicios anteriores

  • te asesoramos sobre regularización voluntaria si es necesario

👉 Rellena nuestro formulario de contacto y evita problemas fiscales futuros.

FAQ – Preguntas frecuentes

¿El modelo 720 se presenta todos los años?
No. Solo cuando se superan los límites iniciales o hay incrementos superiores a 20.000 € por bloque.

¿Prescribe la obligación del modelo 720?
La obligación informativa no prescribe, aunque sí pueden prescribir las regularizaciones tributarias asociadas.

¿Qué pasa si presento el modelo fuera de plazo?
Puede ser recomendable hacerlo voluntariamente antes de cualquier requerimiento.

¿Tengo que declarar si soy autorizado pero no titular?
Sí, salvo que concurra una causa de exoneración específica.