Pensionistas en Portugal y régimen de Residente No Habitual: por qué España puede seguir gravando tu pensión
Si vives en Portugal bajo el régimen de Residente No Habitual y cobras una pensión española, el Convenio puede no aplicarse. El TEAC confirma que España puede exigir IRNR si no tributas por renta mundial. Analiza tu situación antes de solicitar devoluciones.
FISCALIDAD INTERNACIONAL
2/17/20263 min read


Muchos pensionistas españoles que se trasladaron a Portugal bajo el régimen de Residente No Habitual (RNH) creyeron tener una situación fiscal clara:
Certificado de residencia fiscal en Portugal ✔
Exención de la pensión en Portugal ✔
Solicitud de devolución de retenciones en España ✔
Sin embargo, el TEAC ha confirmado un criterio que cambia por completo este planteamiento:
el Convenio de Doble Imposición con Portugal puede no aplicarse cuando el residente no tributa por su renta mundial en Portugal.
Y eso tiene consecuencias directas en la tributación de pensiones públicas y privadas.
La clave jurídica: el artículo 4 del Convenio con Portugal
El artículo 4 del Convenio define qué se entiende por “residente” a efectos del propio Convenio.
La norma exige algo más que un certificado formal:
👉 la persona debe estar sujeta a imposición en ese Estado por su renta mundial (sujeción plena).
El problema surge cuando:
Portugal considera residente al contribuyente,
pero le aplica el régimen especial RNH,
y como consecuencia no tributa efectivamente por determinadas rentas extranjeras (como pensiones).
En estos casos, el TEAC interpreta que:
Si no existe tributación integral por renta mundial, no se cumple el requisito del artículo 4.1 del Convenio y este no resulta aplicable.
¿Qué significa esto en la práctica?
Significa que:
El certificado portugués no basta por sí solo.
El Convenio no protege automáticamente.
España puede aplicar su normativa interna.
Y aquí se abren dos escenarios:
1️⃣ Si eres residente fiscal en España (art. 9 LIRPF)
Tributarías por IRPF por tu renta mundial.
2️⃣ Si no eres residente en España
Tributarías por IRNR por las rentas obtenidas en territorio español (por ejemplo, tu pensión del INSS).
En el caso analizado, el contribuyente no era considerado residente fiscal en España, por lo que se le exigió IRNR sobre la pensión española.
El problema que quiere evitar el TEAC: la “doble no imposición”
El Tribunal detecta un riesgo evidente:
Portugal no grava la pensión (exención total bajo RNH).
España devuelve retenciones aplicando el Convenio.
Resultado: la pensión no tributa en ningún país.
El TEAC considera que este resultado es contrario al espíritu del Convenio, cuyo objetivo es evitar la doble imposición, no la ausencia total de tributación.
Por ello, aplica una interpretación alineada con el Modelo OCDE y la tendencia internacional contra la “nula imposición”.
Error frecuente: presentar modelo 210 solicitando devolución total
En el caso resuelto:
El contribuyente presentó modelos 210.
Aplicó tipo 0%.
Solicitó devolución total de las retenciones.
Aportó certificado RNH portugués.
En Portugal declaró la pensión como exenta.
La Administración española regularizó y exigió IRNR.
Este patrón ha sido habitual en muchos pensionistas trasladados a Portugal en los últimos años.
¿Sigue siendo aplicable este criterio ahora que Portugal ha eliminado el RNH?
Portugal ha suprimido el régimen RNH para nuevos solicitantes desde 2024, pero:
quienes ya lo tenían concedido pueden seguir aplicándolo durante el periodo restante,
y las regularizaciones pueden afectar ejercicios anteriores no prescritos.
Por tanto, el riesgo sigue existiendo.
Ejemplo práctico
Un pensionista español se traslada a Portugal en 2019 y obtiene el estatuto RNH.
Cobra 30.000 € anuales del INSS.
Portugal aplica exención total.
Solicita devolución íntegra de retenciones en España.
Resultado tras comprobación:
España exige IRNR sobre esos 30.000 €.
No hay doble imposición.
Pero tampoco hay exención total.
Idea clave que debes recordar
El certificado de residencia no garantiza la aplicación del Convenio si no existe tributación mundial efectiva en el Estado que lo emite.
Este matiz técnico es decisivo y muchos contribuyentes lo desconocen.
¿Estás en Portugal con régimen RNH y cobras pensión española?
En FiscalTip analizamos tu situación concreta:
Revisamos tu residencia fiscal real.
Evaluamos si el Convenio resulta aplicable.
Comprobamos riesgos de regularización.
Analizamos posibles alternativas de planificación o regularización voluntaria.
Cada caso es distinto:
👉 una revisión preventiva suele evitar liquidaciones inesperadas años después.
